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ToggleCFDI 4.0 . Las facturas han sido un documento que han utilizado los comercios por muchos años, con el único fin de que se cuente con un comprobante de la compra o venta que se haya realizado y que con el paso de los años ha evolucionado.
Con anterioridad eran creadas a mano y con el uso del papel, pero no fue hasta el 2004 que gracias a las computadoras y al internet pasaron a un formato digital, conocidas como facturas electrónicas.
No obstante, para el 2014 se creó un marco legal para la facturación electrónica conocida como Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y que se volvió una forma para facturar obligatoria. Sin embargo, existen diversas versiones que impone el SAT con el fin de facilitar a los contribuyentes el cumplir con dichas normas tributarias y un ejemplo de ello es el CFDI 4.0.
¿Qué es el CFDI 4.0?
El CFDI, como su nombre lo dice, es un comprobante de índole fiscal en donde queda desglosado y detallado el servicio o producto que se ha adquirido o puesto a disposición, incluyendo los impuestos que se han aplicado.
Dichos comprobantes deben cumplir con ciertas características que impone la ley, al generarse los encontraremos en dos formatos como PDF y XML, este último es muy importante puesto que resguarda toda la información para su presentación fiscal.
Por otro lado, la ley, implementa diferentes reglas y requisitos, los cuales los clasifica en versiones, la última fue la 3.3 creada desde el 2017, la cual será sustituida por la CFDI 4.0 y que entró en vigor recientemente.
Esto quiere decir que el CFDI 4.0 es un esquema con parámetros y requisitos nuevos para la correcta facturación, con el único fin de dar apertura a las nuevas reformas para los comprobantes fiscales y que han venido estableciendo las autoridades correspondientes. Es importante familiarizarse con esta nueva versión para llevar a cabo el ejercicio correctamente.
Principales cambios del CFDI 4.0
Al ser un nuevo sistema de Comprobante Fiscal Digital por Internet, viene acompañada de una serie de cambios y esquemas que son necesarios conocer y sobre todo entender para evitar errores al momento de su emisión y que son los siguientes:
- Los CFDI 4.0 tendrán que incluir de manera obligatoria información tanto del receptor como del emisor como: RFC, Razón social, régimen fiscal, código postal y clave de uso, así como domicilio.
- Posibilidad de facturación global, del mismo modo para aquellas que requieran de reemplazo múltiple, para sustituir la original, aun siendo de diferente tipo de relación.
- Con la emisión de comprobantes para público en general será necesario validar la información del emisor y en caso de que se generen en nombre de terceros, es requerido colocar datos adicionales.
- En el escenario de requerir una cancelación, se tendrá que notificar al SAT el motivo; sin embargo, dicho trámite no podrá realizarse con comprobantes de anteriores periodos, exclusivamente con aquellos que estén en curso.
- Si su empresa se dedica a las exportaciones y desea emitir un CFDI 4.0, deberá llenar los campos necesarios para identificar las operaciones correspondientes con respecto al envío de mercancía.
- Hay que indicar qué pagos son objeto de impuestos de forma directa o que los puedan llegar a generar y agregar un resumen del total de los importes.
- La clave de uso “por definir” será eliminada, con el fin de que los receptores no le den un uso distinto, de lo contrario será cancelada y tendrá que emitirse nuevamente.
Objetivo del CFDI 4.0
El cambio a una nueva versión es a raíz del proyecto de Reforma Fiscal que modifica la Resolución Miscelánea Fiscal de su anexo número 20, de la misma manera el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indica que el primordial objetivo del CFDI 4.0 es fortalecer el esquema de facturación electrónica, los servicios agregados y el timbrado, facilitando el ejercicio de los contribuyentes.
¿Cuándo es obligatorio el CFDI 4.0?
El CFDI 4.0 se encuentra vigente desde el 01 de enero del 2022, en donde las personas podrían emplearla desde entonces. El SAT había establecido que se tenía como fecha límite hasta el 01 de mayo para llevar a cabo la completa adaptación a esta nueva versión; aunque, extendió el plazo hasta el 01 de julio del presente año.
Periodo de convivencia
Para otorgar un tiempo de adaptación a los contribuyentes, las autoridades han dado a conocer que, durante el primer trimestre del año, se encontrará habilitada la versión anterior que es la 3.3 para su uso; no obstante, otorgó una prórroga de dos meses, para ser exactos hasta el 01 de julio, posterior a esa fecha, el uso de la versión CFDI 4.0 será obligatorio.
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