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ToggleEl año fiscal se considera como el periodo de vigencia en donde los contribuyentes deben estar listos ante las autoridades para devengar los impuestos, generalmente su inicio tiene lugar el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre. El año fiscal en México arrancó este 2022 junto con la aprobación de la implementación del Resico o Régimen Simplificado de Confianza.
Esta nueva activación significa que será anulado el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) el cual se le describe como un esquema donde pueden acceder personas físicas, cuyos ingresos al año no excedan de dos millones de pesos anuales y se pueden emitir facturas de manera práctica y sencilla.
Bajo esta nueva modalidad del Resico se reestructuraron las condiciones para facilitar el pago de impuestos para las personas físicas que figuraban en esta modalidad, el objetivo de este esquema también es extender la base de contribuyentes y abarcar a las personas informales para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
No obstante, en el periodo del año pasado, el SAT fue quien comenzó a dar señales de lo que se esperaba a inicios del 2022, ya que subrayó que aquellos contribuyentes que formen parte del nuevo padrón tendrán que ser dados de alta luego de haber presentado su aviso de actualización de actividades.
¿Qué es el resico?
A partir del 01 de Enero del 2022 el SAT dio a conocer que entraba en vigencia un nuevo régimen fiscal que tiene como meta brindar múltiples facilidades tanto a los nuevos y actuales emprendedores, pero en especial a aquellos que llevan un tiempo registrados como personas físicas, sin dejar fuera a las personas morales.
En otras palabras, es el reemplazo del RIF, el Resico simplifica el pago del Impuesto sobre la Renta, lo que facilita que los individuos puedan hacer sus declaraciones de una manera más rápida.
¿Cómo funciona?
El nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) puede ser adoptado por las personas físicas y morales; sólo que bajo el diseño y objetivo por el cual fue creado es para simplificar las obligaciones fiscales de actividades empresariales.
Resico para personas físicas
- Las personas físicas pueden hacer pagos mensuales.
- Aquellos ingresos percibidos y amparados serán considerados como comprobantes fiscales sin el IVA incluido.
- Dentro del artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aplicará la tasa contenida señalada.
- Los gastos del teléfono, luz o cualquier mercancía adquirida, así como los personales no podrán ser deducidos como gastos.
Resico para personas morales
- En el caso de los contribuyentes que seleccionen este régimen tienen que hacer pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio.
- Dentro de la tasa establecida se tiene que calcular la utilidad fiscal de acuerdo con lo mencionado en el artículo 9 del ISR.
- Al restar el total de los ingresos percibidos y las deducciones, la utilidad fiscal será determinante.
- Las materias primas como gastos de descuentos, bonificaciones o cuotas del IMSS pueden ser deducidas a la adquisición de lo obtenido.
Beneficios del Resico
A pesar de que el régimen del Resico fue creado para ayudar a emprendedores, pequeñas y medianas empresas, las siguientes ventajas también son parte de este nuevo sistema:
- Hay más número de facilidades administrativas, por lo que el impuesto será mucho más bajo.
- Las actividades empresariales, arrendamiento y actividades del sector primario que pertenecen a las personas físicas podrán simplificar sus obligaciones fiscales cuando éstas no superen los 3.5 millones de pesos al año.
- El Resico también apela a que las personas físicas que se dediquen a actividades del sector primario tengan menos impuestos al pagar.
- Cada una de las facturas que sean registradas bajo este sistema entrarán de manera automática en los sorteos como es el “El Buen Fin”.
- El SAT se encargará de generar de manera automática las declaraciones informativas o de contabilidad electrónica.
- Cuando no se exceda de los $3.5 millones de pesos anuales, el Régimen de Confianza con el Régimen de Sueldos pueden combinarse.
- El Resico tiene un apartado exclusivo para las personas morales donde está señalada la reducción de inversiones a corto plazo correspondiente al tipo de bien y el monto original de la inversión.
Tarifas para pago provisional del Resico
De acuerdo con los ingresos de los contribuyentes, se instauran las tasas para pagar impuestos donde la de menor porcentaje será del 1%, cuando el monto sea menor a los 300 mil pesos y la máxima no rebase los 3.5 millones al año, en otras palabras, el monto tiene que ser correspondiente al 2.5% de ingresos.
Para que sepa si ha sido seleccionado en este nuevo régimen fiscal sólo es preciso revisar la constancia de situación fiscal, la cual es un documento que contiene datos de identidad, ubicación y características fiscales del contribuyente, dicho documento que emite el mismo SAT puede obtenerse de la siguiente manera:
- Dentro del buscador Chrome o Firefox se ingresa al sitio www.sat.gob.mx.
- Encuentre la opción “Otros trámites y servicios”.
- Elija el medio de autenticación (contraseña o e.firma).
- Anote sus datos de autenticación.
- Seleccione el botón “Generar Constancia” y siga los pasos señalados en la página.
- Imprima o guarde en su dispositivo electrónico.
¡Recuerde que en Despacho Contable estamos a su disposición para resolver las dudas que pueda tener al respecto!