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ToggleEl impuesto ISR se creó en el año 1921 durante el mandato de Álvaro Obregón, cuando se publicó la Ley Centenario, desde entonces es un pago que se aplica en todas las ganancias que aumenten el patrimonio de las personas físicas y morales.
¿Qué es el ISR?
El Impuesto sobre la renta mejor abreviado como ISR, se define como un impuesto directo que se le da a las ganancias obtenidas causando que haya un incremento en el patrimonio de un contribuyente. Por lo tanto, las personas físicas como morales, que son las empresas, están obligadas a realizar el pago de este impuesto y en caso contrario de aquellos individuos que laboren independientemente también tienen obligación de hacerlo.
¿Cómo calcular el ISR?
Una de las cuestiones que definen al ISR es que el pago correspondiente de esta obligación no es el mismo para todos, ya que en algunos casos va desde el 1.9% hasta el 35% dependiendo de los ingresos totales. Sin embargo, cuál sea el porcentaje a pagar, el ISR todos lo tienen que realizar de manera anual pero deben darse aportes mensuales, por esa razón es preciso saber identificar cuáles son las ganancias en un mes y no olvidar consultar la tabla del SAT cada año en caso de que haya sustituciones.
En cuyo caso se quiera saber cómo calcular el ISR hay que tener en cuenta los siguientes pasos:
- Es un requerimiento importante identificar el total de los ingresos que se tienen en el periodo, ya sea mensuales, quincenales o anuales, con esto en base se puede pasar a observar las tablas que tiene el Servicio de Administración Tributaria. El porcentaje de ISR será definido y el SAT podrá aplicarlo de acuerdo con el nivel salarial.
- Las tablas del SAT manejan 11 niveles con límites superiores e inferiores, cada uno con casillas para el ISR mensual, anual o quincenal, en este punto se tiene que pasar a identificar cuál es el rango que le corresponde a nuestro salario.
- Una vez que se haya reconocido la casilla correcta para el salario, el paso siguiente es restar a los ingresos el límite inferior que está señalado dentro del rango salarial.
- El resultado de dicha resta, se le atribuye a la tasa que marque en la tabla y la cantidad que resulte al aplicar el porcentaje, este se sumará a la cuota fija que brinda el SAT y que varía dependiendo del nivel de ingreso.
- El resultado que dé al final será el concepto de ISR.
¿En qué casos se debe pagar el ISR?
En México los siguientes conceptos tienen la obligación ante la ley de pagar el ISR:
- Salarios u honorarios; remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes.
- Arrendamiento de inmuebles y muebles; contratos de servicio turístico de tiempo compartido.
- Transferencia de acciones.
- Arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad.
- Intereses o premios; actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos.
- Dividendos; utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales; venta de bienes inmuebles.
- Construcción de obras; instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspección o supervisión y otros ingresos.
¿Quiénes están obligados al pago del Impuesto sobre la Renta o ISR?
La ley del ISR establece que las personas físicas y las morales, están obligadas a hacer la liquidación sobre la renta cuando se dan los siguientes casos:
- Los habitantes en México que tengan ingresos sea cual sea la fuente y de donde provengan.
- Extranjeros que tengan una morada estable en el país.
- Los residentes en el extranjero, que perciban ingresos de fuentes de riqueza dentro de la República Mexicana.
¿Qué son los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta o ISR?
Los pagos provisionales del ISR y el IVA son conceptos que se atribuyen a los contribuyentes morales como físicos, esta actividad es una obligación por realizar ante el SAT para así llegar al pago correspondiente anual de ISR e IVA, esto con el objetivo de tener menos presión financiera.
Pagos provisionales ISR de personas físicas
En el caso de las personas físicas, el pago provisional del ISR se tiene que cumplir a través del portal del SAT mediante la presentación definitiva de impuestos federales, la cual contiene datos de los ingresos, deducciones, o actos y actividades que tienen que realizarse en un periodo mensual, bimestral, trimestral o semestral y la manera de hacerlo es la siguiente:
- Para saber la cantidad que se tiene que pagar se realiza un cálculo con la utilidad total de ingresos obtenidos durante el periodo fiscal a la cual se le restan los gastos correspondientes a dicho periodo, sin olvidar restar las pérdidas fiscales de años anteriores que no hayan minimizado.
- Al resultado se le aplica la tarifa y tabla de los artículos 96 y 97 de la Ley ISR.
- Al resultado se le restan los pagos provisionales realizados anteriormente en el mismo año, así como las retenciones de ISR.
Sin embargo, en cuyo caso sea una persona física que presta servicios profesionales a una persona moral, se tiene que retener el pago provisional del 10% sobre el monto de los ingresos, sin efectuar ninguna deducción. El resultado obtenido será el ISR a cargo.
Pagos provisionales ISR de personas morales
Los pagos provisionales ISR para las personas morales son anticipos que uno tiene que realizar ante el Fisco, para así llegar al pago anual, con menos presión financiera, estos pagos se tienen que hacer mensualmente, sin olvidar presentar a más tardar el día 17 de cada mes los pagos correspondientes.
A las personas morales, los pagos provisionales se les aplica una tasa de ISR del 30% sobre la utilidad fiscal determinada dentro del periodo de pago a la cual le corresponda y la manera en cómo se calcula es la siguiente:
- Cálculo de la utilidad o ganancia: al total de ingresos obtenidos en el periodo se le restan los gastos correspondientes al mismo periodo.
- Al resultado obtenido se le vuelve a restar las pérdidas fiscales de años anteriores que no hayan disminuido para obtener el monto.
Deducciones de ISR
Como parte de las ventajas de realizar la declaración anual son las deducciones autorizadas y tienen derecho a ellas las personas morales y físicas tras haber hecho puntualmente el pago de impuestos, con esto tienen derecho a una disminución en el pago total de los impuestos, una compensación, reintegro u otra clase de bonificaciones fiscales.
En el caso de las personas físicas, tienen derecho a presentar las siguientes deducciones:
- Salud; honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Educación; colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios hasta preescolar a bachillerato.
- Otros: gastos funerarios, créditos hipotecarios, donativos otorgados a instituciones autorizadas.
Para las personas morales las deducciones se enlistan en forma de pagos al IMSS, aportaciones a jubilación y seguro de desempleo, pero también hay otros beneficios que los trabajadores gozan como las prestaciones extras, tales como el uso del servicio de comedor o vales de despensa.
En el caso de que se pertenezca a una empresa, el ISR ya se verá reflejado dentro de los ingresos debido a que el patrón es quién tiene la obligación de pagarlos. Si se se trata de un trabajador independiente o dueño de una empresa, el ISR debe calcularse y pagarse aparte, o bien, siempre está la solución de contratar a un contador para que realice la tarea correspondiente.