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Régimen simplificado de confianza

Régimen simplificado de confianza

Lograr entender los términos que son utilizados en contabilidad o cuando se realiza una declaración ante el SAT puede parecer difícil o hasta ser confuso. Si en alguna ocasión ha leído o escuchado acerca del régimen simplificado de confianza sin lograr comprender a que se refiere y más siendo un tema tan reciente, no se preocupe, hoy le explicaremos a detalle qué es, en qué consiste y por qué es importante.

 ¿Qué es el régimen simplificado de confianza?

Para iniciar primero hay que saber que es un régimen; son algunas reglas que se tienen que seguir ante el SAT, ya que las personas físicas y morales tienen sus propias características, con base en esto, dicho instituto va determinando las obligaciones a cumplir, así como los derechos.

El régimen simplificado de confianza es propuesto mediante el Paquete Económico 2022 el cual viene a sustituir al RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) esto con el objetivo de atraer un mayor número de contribuyentes y simplificar el pago de los impuestos.

Con este nuevo régimen se busca agilizar y reducir el pago del Impuesto Sobre la Renta para todas aquellas personas físicas y morales, que se dedican a una actividad comercial según como lo marque la Ley.

¿En qué consiste el régimen simplificado de confianza del SAT?

Este régimen es importante para todos los contribuyentes que se encontraban registrados bajo el RIF que se dedican a diferentes actividades empresariales, estos tendrán la opción de cambiarse bajo el Régimen General o RESICO (Régimen Simplificado de Confianza).

Dicho régimen busca beneficiar a los pequeños contribuyentes dedicados a actividades económicas, reduciendo el pago por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) con el 1% de tasa mínima para las personas físicas cuyos ingresos no rebasen los 300 mil pesos, y para las personas morales será con una tasa del 2.5% sobre ISR y que sus ingresos sean por lo menos de 35 millones.

Mediante el RESICO se busca eliminar el RIF para que las personas logren entender y simplificar el cálculo y pago de los impuestos, así como el proceso de este sea más fácil, con el fin de aumentar la base de contribuyentes en el país.

Régimen simplificado de confianza

Beneficios del régimen de confianza para personas físicas

Con el RESICO se abre el camino para aquellas personas que sean comerciantes y se encuentren de manera informal y además deseen pagar por primera vez sus impuestos, que no sea un trámite agobiante, sino al contrario, sea fácil de realizar, este es uno de los principales beneficios, pero aquí le compartimos otros más:

  • Tasa fija del ISR.
  • Ahorro en el pago que se realice del Impuesto Sobre la Renta.
  • Agilización de los trámites.
  • Las empresas pagarán lo que cobren y no lo que se facture.
  • Aumentar la base de contribuyentes ante el SAT.
  • Eliminación del RIF.
  • Beneficios para los nuevos contribuyentes que se inscriban bajo este régimen.
  • Cálculo del ISR de manera automática mediante la herramienta Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
  • No tendrán que presentar declaraciones de índole informativo.

¿Quiénes no podrán entrar al RESICO?

Se marcan ciertos parámetros para las personas físicas que no entran en él y no gozarán de los beneficios de este nuevo régimen, por ejemplo:

  • Sean socios, accionistas o integrantes de alguna empresa que esté registrada.
  • Que excedan la cantidad de ingresos señalados durante el año.
  • No se realice el pago por lo menos de 3 meses o más en el año, sean consecutivos o no.
  • Incumplimiento de alguna obligación ante el SAT.
  • Ser parte de otros trámites fiscales que otorguen beneficios.
  • No encontrarse inscrito en el RFC.

Para las personas morales estipula que no tributarán con el régimen simplificado de confianza al tener las siguientes características:

  • Cuenta con varios integrantes, accionistas o socios que formen parte de otras sociedades mercantiles y que estén bajo su administración o tengan control de la sociedad.
  • Forma parte de Sociedades Cooperativas de Producción.
  • Llevan a cabo actividades mediante asociaciones o fideicomisos.
  • Aquellas personas morales que tributen como entidades de crédito, finanzas y de seguros, arrendadoras de finanzas, grupos de sociedades, también las actividades ganaderas, pesqueras, agrícolas y con fines no lucrativos.

Diferencias del RESICO con el RIF

El Régimen de Incorporación Fiscal se encuentra activo desde el 2014 y fue creado para las personas físicas con ingresos de hasta 2 millones y ofrecería un descuento del ISR por 10 años, pero a partir del 2022 será sustituido por el RESICO, para entender más este cambio le compartimos las principales diferencias:

  • Tasas del ISR

Las tasas de ISR iban desde el 1.95% hasta el 35% con el RIF aumentando anualmente, ahora con el RESICO estos van del 1% hasta el 2.5%

  • Ingresos

Los ingresos bajo el RIF el tope máximo era de hasta 2 millones; para el RESICO conseguirán ser de hasta 3.5 millones.

  • Contribuyentes

El Régimen de Incorporación Fiscal no estaba dirigido a personas que ofrecían diversos servicios profesionales a diferencia del nuevo.

Con el nuevo régimen el pago del Impuesto Sobre la Renta se realiza a partir de facturas pagadas.

Régimen simplificado de confianza

¿Cuándo entra en vigor el régimen simplificado de confianza?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó el 8 de septiembre del 2020 el Paquete Económico y Reformas Fiscales 2022 al Congreso de la Unión, pero no fue hasta el 26 de octubre del 2021 que el senado lo aprueba y entra en vigor a partir del 1 de enero del 2022.

¿Cuándo debo presentar el RESICO?

Iniciando el 2022 se podrá optar y elegir por realizar una única declaración anual o bien, declaraciones de forma periódica cada mes conforme al ajuste anual que corresponda. Estas son algunas obligaciones que los contribuyentes tendrán que cumplir:

  • Presentar dentro de los 3 primeros meses la declaración anual a la finalización del ejercicio.
  • Registro de diferentes operaciones que sean efectuadas con títulos de valor.
  • Seguimiento de la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación.
  • Levantar inventarios y formular estados de la posición financiera.
  • Informar acerca de los aumentos de capital y préstamos.
  • Conservar, obtener, expedir y entregar los CFDI 4.0 en su totalidad de los gastos, inversiones y gastos.

Sabemos que, con este cambio y la integración del nuevo régimen simplificado de confianza para el pago del ISR, entenderlo puede parecer bastante difícil, pero sí requiere una asesoría contable, fiscal, auditorías internas o consultora contable no dude en contactarnos.

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