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qué es el ISR

¿Qué es el ISR en México y cómo se calcula? Tarifas vigentes 2026

El ISR o bien conocido cómo Impuesto Sobre la Renta es la contribución federal de mayor peso en la recaudación del país y la que más dudas genera entre asalariados, profesionistas y dueños de negocio. Este contenido explica qué es, quién está obligado a pagarlo y cómo se calcula con la tarifa publicada por el SAT en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026.

¿Qué es el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

El Impuesto Sobre la Renta es un impuesto federal directo que grava los ingresos, utilidades, ganancias o incrementos patrimoniales que obtienen las personas físicas y las personas morales residentes en México. Está regulado por la Ley del ISR y se considera “directo” porque recae sobre la riqueza de quien la percibe, a diferencia del IVA o del IEPS, que son impuestos indirectos trasladados al consumidor en cada compra de bienes o servicios. Por eso el ISR aparece descontado en los recibos de nómina y en los pagos provisionales que efectúan profesionistas y empresas a lo largo del ejercicio fiscal.

¿Para qué sirve el ISR? Destino de la recaudación

La recaudación del ISR es la principal fuente de financiamiento del gasto público federal y se canaliza al Presupuesto de Egresos para sostener servicios públicos como salud, educación, seguridad e infraestructura. Por su volumen y su tasa progresiva (a mayor ingreso, mayor porcentaje), opera también como mecanismo de redistribución.

que es el ISR y como se calcula correctamente

¿Quién paga ISR en México?

El artículo 1 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece tres grupos de sujetos obligados:

Personas físicas

Las personas físicas residentes en México pagan ISR por la totalidad de sus ingresos: sueldos, honorarios, arrendamiento, actividades económicas, intereses, dividendos, premios y enajenación de bienes. Cada perfil se ubica en un régimen fiscal específico que define la tasa, las deducciones permitidas y la periodicidad del pago.

Personas morales

Las personas morales (sociedades mercantiles, asociaciones civiles y demás empresas) tributan sobre el resultado fiscal del ejercicio: ingresos acumulables menos deducciones autorizadas, menos PTU pagada, menos pérdidas fiscales. El régimen general aplica una tasa general del 30%.

Residentes en el extranjero con fuente de riqueza en México

Pagan ISR únicamente por los ingresos provenientes de fuentes mexicanas: rentas de inmuebles ubicados en el país, intereses pagados por instituciones nacionales, regalías, servicios prestados en territorio nacional o ganancias por venta de acciones de sociedades mexicanas.

Regímenes fiscales y tasas de ISR aplicables en 2026

La tasa que paga un contribuyente depende del régimen en el que esté inscrito ante el SAT:

  • Sueldos y Salarios: trabajadores asalariados con relación laboral subordinada. Tarifa progresiva del artículo 96 LISR mediante retención mensual del patrón.
  • Actividad Empresarial y Profesional (Honorarios): profesionistas independientes y comerciantes. Misma tarifa progresiva del artículo 96 sobre los pagos provisionales.
  • Arrendamiento: quienes obtienen ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles. Tarifa del artículo 116, con opción de deducción ciega del 35%.
  • RESICO Personas Físicas: tasas reducidas del 1% al 2.5% sobre ingresos brutos cobrados, sin deducciones, para quienes no rebasan 3.5 millones al año.
  • Plataformas Tecnológicas: retención efectuada por la plataforma sobre los ingresos cobrados (transporte, entrega, hospedaje y servicios digitales).
  • Régimen General de Personas Morales: tasa fija del 30% sobre el resultado fiscal del ejercicio.
  • RESICO Personas Morales: régimen simplificado con flujo de efectivo para empresas con ingresos menores a 35 millones al año.

Tarifa del ISR 2026 según el SAT

El 28 de diciembre de 2025 se publicó en el DOF el Anexo 8 de la RMF 2026 con las nuevas tablas del Impuesto Sobre la Renta. Después de tres años sin ajuste, los rangos se actualizaron por inflación con un factor de 1.1321 (incremento acumulado del 13.21%), conforme al artículo 152 LISR.

Tabla mensual para pagos provisionales 2026 (artículo 96 LISR)

Límite inferior Límite superior Cuota fija % sobre excedente
0.01 844.59 0.00 1.92%
844.60 7,168.51 16.22 6.40%
7,168.52 12,598.02 420.95 10.88%
12,598.03 14,644.64 1,011.68 16.00%
14,644.65 17,533.64 1,339.14 17.92%
17,533.65 35,362.83 1,856.84 21.36%
35,362.84 55,736.68 5,665.16 23.52%
55,736.69 106,410.50 10,457.09 30.00%
106,410.51 141,880.66 25,659.23 32.00%
141,880.67 425,641.99 37,009.69 34.00%
425,642.00 En adelante 133,488.54 35.00%

Tabla anual del ejercicio 2026 (artículo 152 LISR)

Límite inferior Límite superior Cuota fija % sobre excedente
0.01 10,135.11 0.00 1.92%
10,135.12 86,022.11 194.59 6.40%
86,022.12 151,176.19 5,051.37 10.88%
151,176.20 175,735.66 12,140.13 16.00%
175,735.67 210,403.69 16,069.64 17.92%
210,403.70 424,353.97 22,282.14 21.36%
424,353.98 668,840.14 67,981.92 23.52%
668,840.15 1,276,925.98 125,485.07 30.00%
1,276,925.99 1,702,567.97 307,910.81 32.00%
1,702,567.98 5,107,703.92 444,116.23 34.00%
5,107,703.93 En adelante 1,601,862.46 35.00%

Valor de la UMA vigente en 2026

La Unidad de Medida y Actualización publicada por el INEGI fija para el periodo del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027 los valores de $117.31 diarios, $3,566.22 mensuales y $42,794.64 anuales. La UMA no se utiliza para calcular el ISR de manera directa, pero define los topes de deducciones personales y diversas exenciones por aguinaldo, prima vacacional, indemnización por despido y aportaciones al retiro.

¿Cómo se calcula el ISR paso a paso?(con ejemplos)

El procedimiento general: ingreso gravable → ubicar en la tabla → restar el límite inferior → multiplicar el excedente por la tasa → sumar la cuota fija → ISR del periodo.

Caso 1 — Asalariado con sueldo mensual de $20,000

Un trabajador con sueldo bruto mensual de $20,000 se ubica en el sexto renglón de la tabla mensual: límite inferior $17,533.65, cuota fija $1,856.84 y tasa del 21.36%.

  1. Excedente: 20,000 − 17,533.65 = 2,466.35
  2. Impuesto marginal: 2,466.35 × 21.36% = 526.81
  3. ISR causado del mes: 526.81 + 1,856.84 = 2,383.65

Este monto se reduce con el subsidio para el empleo cuando aplica, y el resultado es la retención mensual que el patrón entera al SAT.

Caso 2 — Profesionista independiente con honorarios

Un profesionista con ingresos cobrados de $40,000 y deducciones autorizadas comprobadas por $8,000 (renta de oficina, papelería, internet, facturas de proveedores):

  1. Base gravable: 40,000 − 8,000 = 32,000
  2. Excedente sobre $17,533.65: 14,466.35; impuesto marginal: 14,466.35 × 21.36% = 3,090.01
  3. ISR causado: 3,090.01 + 1,856.84 = 4,946.85

A este resultado se le restan las retenciones del 10% efectuadas por clientes personas morales y la diferencia es el pago provisional.

Caso 3 — Arrendador de un inmueble

Quien renta un departamento en $18,000 mensuales puede aplicar la deducción ciega del 35% (art. 115 LISR):

  1. Deducción: 18,000 × 35% = 6,300; base gravable: 11,700
  2. Excedente sobre $7,168.52: 4,531.48; impuesto marginal: 4,531.48 × 10.88% = 493.02
  3. ISR causado: 493.02 + 420.95 = 913.97

ISR causado, ISR retenido e ISR a pagar

Tres conceptos se suelen confundir:

  • ISR causado: el que resulta de aplicar la tarifa del SAT a la base gravable.
  • ISR retenido: el que un tercero (patrón, cliente persona moral, plataforma, banco) retiene de tus ingresos y entera al SAT a tu nombre.
  • ISR a pagar: la diferencia entre el causado y el retenido. Si el causado es mayor, debes el faltante; si el retenido fue mayor, tienes saldo a favor y puedes solicitar devolución en la declaración anual.

Subsidio para el empleo

Los trabajadores con ingresos mensuales hasta cierto tope reciben un subsidio que reduce el Impuesto Sobre la Renta a retener. El monto vigente depende de las disposiciones del Paquete Económico 2026 y de las reglas de la RMF aplicables. Es responsabilidad del área de recursos humanos o nómina aplicarlo correctamente.

Deducciones personales con tope 2026

Las personas físicas pueden disminuir de su base anual los siguientes conceptos del artículo 151 LISR:

  • Honorarios médicos, dentales, hospitalarios y psicológicos.
  • Lentes ópticos graduados (hasta $2,500 al año).
  • Gastos funerarios (hasta una UMA anual: $42,794.64 en 2026).
  • Primas de seguros de gastos médicos mayores.
  • Intereses reales de créditos hipotecarios.
  • Donativos a donatarias autorizadas (hasta 7% del ingreso del ejercicio anterior).
  • Aportaciones complementarias al ahorro para el retiro (hasta 10% del ingreso, sin rebasar 5 UMA anuales).
  • Transporte escolar obligatorio.
  • Colegiaturas de preescolar a bachillerato (estímulo independiente del tope general).

El tope global del último párrafo del artículo 151 LISR es el menor entre 5 UMA anuales (213,973.20 pesos en 2026) o el 15% del ingreso total del ejercicio, incluidos los exentos. Las colegiaturas no consumen ese tope.

Calendario fiscal del ISR

  • Pagos provisionales mensuales: a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
  • Declaración anual de personas morales: dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio (marzo del año siguiente).
  • Declaración anual de personas físicas: durante el mes de abril del año siguiente al ejercicio. La declaración del ejercicio 2025 se presenta a más tardar el 30 de abril de 2026.

Sanciones por incumplimiento

No cumplir con las obligaciones de presentar declaraciones o no enterar el impuesto retenido genera consecuencias previstas en el Código Fiscal de la Federación: actualización del adeudo conforme al artículo 17-A CFF, recargos por mora a la tasa publicada mensualmente en el DOF y multas establecidas en los artículos 76 a 78 CFF, que van desde porcentajes del impuesto omitido hasta multas formales por presentación extemporánea. Si el SAT detecta errores en el cálculo del impuesto, puede emitir requerimientos a los contribuyentes y, en su caso, iniciar facultades de comprobación.

Glosario de términos del ISR

  • Base gravable: ingreso al que se aplica la tarifa después de restar deducciones e ingresos exentos.
  • Cuota fija: cantidad de impuesto que corresponde al límite inferior del renglón aplicable.
  • Límite superior: monto máximo del renglón en la tabla del ISR.
  • Tasa marginal: porcentaje aplicable al excedente del límite inferior.
  • Tasa efectiva: porcentaje real que paga el contribuyente sobre la totalidad de sus ingresos brutos.
  • Ingreso acumulable: ingreso que suma a la base gravable.
  • Exenciones: ingresos que la ley excluye de gravamen (parte del aguinaldo, prima vacacional, indemnización por despido hasta cierto tope, fondo de ahorro, vales de despensa dentro de los límites legales).
  • Retenedor: quien efectúa la retención y la entera al SAT.

Asesoría profesional para el cumplimiento de tu ISR

La correcta determinación del ISR exige experiencia técnica y actualización constante: cada reforma a la Ley del ISR, cada cambio a la RMF y cada modificación al valor de la UMA altera la forma de calcular el impuesto del asalariado, del profesionista, del arrendador y de las empresas que operan distintas actividades económicas.

En nuestro Despacho de contadores  acompañamos a personas físicas y morales en planeación, gestión y cumplimiento de sus obligaciones fiscales: contabilidad general, asesoría fiscal preventiva, cálculo de nómina, declaraciones provisionales y anual, regularización de situaciones fiscales y atención a requerimientos del SAT. Cada cliente cuenta con un contador profesional asignado.

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Preguntas frecuentes sobre el ISR

¿El ISR es un porcentaje fijo? No para personas físicas. La tarifa es progresiva: el excedente sobre cada renglón paga una tasa diferente, del 1.92% al 35%. Las personas morales sí aplican una tasa general fija del 30%.

¿Puedo pagar menos ISR de forma legal? Sí, mediante planeación fiscal ordenada: aprovechar las deducciones personales, las aportaciones a planes personales de retiro, los donativos a donatarias autorizadas y elegir el régimen correcto según tu actividad. Toda planeación debe respaldarse con CFDI válidos y formas de pago electrónicas.

¿Cómo saber si tengo saldo a favor? Cuando el ISR retenido durante el ejercicio supera al causado en la declaración anual. Si el monto es de hasta 150 mil pesos y existe e.firma activa, el SAT puede devolver mediante el sistema automático tras presentar la declaración.

¿En qué se diferencia el ISR mensual del anual? El mensual es un pago provisional a cuenta del ejercicio. El anual consolida los doce meses, aplica las deducciones personales y determina el impuesto definitivo.

¿Los freelancers pagan ISR? Sí. Quienes prestan servicios independientes tributan en actividad empresarial y profesional o en RESICO, según sus ingresos. Ambos exigen pagos provisionales y declaración anual.

¿Qué pasa si me equivoco al declarar? Se puede presentar una declaración complementaria. Si la corrección genera impuesto adicional, se cubre con actualización y recargos; si genera saldo a favor, se solicita la devolución correspondiente.

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